UPA Aragón te informa sobre las Novedades de la PAC 2019
Upa Aragón informa sobre las novedades de la PAC 2019 recogidas por el Ministerio de Agricultura. Las principales novedades que aparecen recogidas en el borrador de la Orden RD 1378/2018 del Ministerio de Agricultura son las siguientes:
GENERAL
Se incluye la definición de jefe de explotación (persona física responsable de las operaciones financieras y de producción habituales y diarias de la explotación agrícola).
Se endurece la definición de agricultor activo, de tal manera que las personas que se encuentran en la lista de exclusión, para que se les considere agricultor activo tienen que demostrar, además de los requisitos de ingresos agrarios e ingresos de pagos directos, que:
- Personas físicas: alta en el SETA a fin de plazo de modificación de PAC.
- Personas jurídicas: actividad agraria como principal objeto social en sus estatutos a fin de plazo de modificación de PAC.
En el caso de querer declararse pastos como parte de la actividad ganadera, el titular debe tener REGA a fin de plazo de modificación de PAC (antes era a fecha de solicitud).
Se abre la posibilidad de ampliar el plazo de modificación de PAC, si previamente la Comunidad Autónoma ha ampliado el plazo de solicitud.
No es obligatorio realizar croquis en parcelas de uso en común, ni en parcelas en que no sea posible usar SIGPAC.
El titular catastral de la parcela puede consultar la información relativa a las solicitudes PAC sobre su parcela, y cultivos declarados, a través de la sede electrónica de catastro mediante su certificado digital.
Se incorporan nuevas circunstancias en las que se puede considerar la creación de condiciones artificiales. Por ejemplo: retirar una solicitud después de que se le haya comunicado una irregularidad, darse de alta en la Seguridad Social con el fin de entrar en algún régimen de pago y una vez estimada la solicitud darse de baja, etc.
En la declaración de frutales como novedad está la obligatoriedad de la declaración del año de plantación.
GREENING
Los barbechos melíferos que computen para SIE (Superficie de Interés Ecológico) deben estar sembrados con al menos 4 familias distintas, deben ser predominante en la superficie, sembrarse en una dosis mínima, y no pueden cosecharse ni tener producción, pero, se permite la colocación de colmenas en ellos.
Se incluye la crotalina (Crotalina Juncea L.) como nuevo fijador de nitrógeno para su cómputo como SIE.
En el caso de utilizar el MIscanthus y Silphium prefolatium como superficie SIE, además de no poder usar productos fitosanitarios (como en todas las superficies SIE), no pueden emplearse fertilizantes minerales.
Es importante tener en cuenta que, para la presente campaña, las fechas para la no utilización de fitosanitarios ni permitir el pastoreo en la superficie declarada como SIE (Superficie de interés ecológico) va desde el día 1 de marzo al 31 de agosto.
AYUDAS AGRÍCOLAS
En la ayuda de cultivos proteicos, además de no admitirse las parcelas cuya producción se va a destinar a abono en verde, como novedad este año se incluye la prohibición de obtención de semillas con fines comerciales, lo que quiere decir, las que estén bajo contrato con semillistas.
En la ayuda de leguminosas de calidad, el plazo para estar inscrito o en proceso de inscripción en la denominación de calidad es el fin del plazo de modificación de la PAC (antes era el fin de plazo de solicitud PAC).
AYUDAS GANADERAS
Se considera novillas a todas las hembras bovinas entre 8 y 36 meses que no hayan parido (antes no había tope de 36 meses).
En las ayudas ganaderas, los animales elegibles deben estar a nombre del titular de la explotación durante el “periodo de retención” y hasta el fin del periodo de modificación de la PAC (antes, fin de plazo de solicitud de la PAC). Salvo en los casos de cambio de titularidad de la explotación. Antes el cambio de titularidad estaba limitado a unos casos muy concretos (por mortis causa, jubilación y transferencia a familiar de 1º grado, cese anticipado, fisión, escisión, cambio de denominación o estatuto jurídico (debidamente notificado), o cuando el que lo asume sea un joven que cumple los requisitos para el complemento de joven.
En el caso de joven ganadero o ganadero que inicie la actividad con posterioridad al día 1 de enero, serán admisibles para las ayudas de vaca nodriza y vacuno de leche, los animales elegibles presenten en la explotación a 30 de abril, con independencia de que hayan estado presentes o no en los 4controles obligatorios entre en 1 de enero y el 30 de abril.
En el caso de joven ganadero o ganadero que inicia la actividad con posterioridad al día 1 de enero en la ayuda del ovino y el caprino, los animales elegibles serán los de la última declaración censal disponible a fecha de finalización del plazo de modificación PAC. De tal manera que, si se produce una duplicidad de animales elegibles entre 2 titulares, tendrá prioridad de cobro el joven ganadero; y en caso de ganadero que inicia la actividad, puede existir un acuerdo entre ambas partes a este respecto, pero, en el caso de que ese acuerdo no exista, tendrá prioridad de cobro el ganadero que inicia la actividad.
En las ayudas de ovino y caprino en la campaña anterior, el umbral de movimientos de salida de animales sólo tenía en 40 los corderos y cabritos, además computarán los animales nacidos en la explotación y vendidos para reposición con <12 meses de edad e identificados individualmente, y que no hayan sido considerados como reproductores en la declaración censal de 1 de enero. Manteniéndose el umbral de 0.6/hembra con más de 12 meses de edad. En lo que respecta al umbral de producción de leche, ≥80 litros/oveja y año ó 200 litros/cabra y año, el cómputo del año se establece del 1 de junio al 31 de mayo en el caso de entregas, y el año natural para ventas directas.
En las ayudas de ovino y caprino en el casi de inicio de actividad, cambio de titularidad de la explotación tras en 1 de junio anterior a la PAC, los umbrales se hacen prorrateando por el número de medes de alta de la explotación.
En la ayuda de vacuno de engorde, en el caso de los cebaderos comunitarios, los terneros cebados nacidos de vacas nodrizas de los socios, cobrarán la ayuda como cebados en la propia explotación y, lo que no Hanan nacido en ella se cobrarán como cebados procedentes de explotaciones externas.
RESERVA NACIONAL
En la Reserva Nacional, en el caso de jóvenes, estos tienen que disponer de una resolución de concesión de la ayuda de primera instalación del PDR o la capacitación necesaria a fecha de fin de plazo de modificación PAC. De igual manera, en el caso de agricultores que inicien la actividad, la capacitación necesaria deben tener a fin de modificación de PAC, antes era fin de plazo de solicitud PAC.
En las oficinas de UPA Aragón en las tres provincias, como todos los años, el mejor equipo de técnicos de Aragón especializados en PAC y Ayudas Agrarias están a vuestra disposición para la tramitación de estas ayudas y para asesorarte.
Más información en el 976 700 115 y en upaaragon@upa.es