ACLARACIÓN SOBRE EL PROCESO DE DEVOLUCIÓN DEL IEH Y LOS 20 CENTIMOS PARA EL GASÓLEO AGRÍCOLA
Aprovechando la publicación del REAL Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, en particular artículo 24, que regula las ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio del gasóleo consumido por los productores agrarios, creemos necesario realizar una serie de aclaraciones y recordatorios.
Desde que UPA consiguió la devolución del IEH y que ésta no estuviera ligada a ninguna condición o requisito, la realidad es que año tras año ha ido bajando el nº de solicitudes. En este sentido, recordar respecto al proceso de solicitud de devolución del IEH:
- Generan derecho a devolución los consumos de gasóleo realizados en los:
- Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura
- Motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino
- El importe de la devolución asciende a la cantidad que resulte de aplicar el tipo de 63,71 euros por 1.000 litros sobre una base constituida por el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería, y silvicultura durante el periodo indicado, expresado en miles de litros.
- El 1 de abril de cada año se abre el proceso para solicitar la devolución del IEH consumido en el año anterior y que permanece abierto 4 años. Es decir, el 1 de abril del 23 se pude solicitar la devolución del IEH por el volumen de gasóleo consumido desde el 1 de enero del 2019
- La solicitud se puede hacer a través de las oficinas de UPA, porque en su momento firmamos en convenio de colaboración con la agencia tributaria que nos lo permite.
- La solicitud es muy sencilla:
- NIF:
- Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados
- Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado
- Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado
- El volumen de litros consumidos e importe del mismo. En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques o tarjetas-gasóleo bonificado, deberás determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud.
- La fecha y número de factura de cada operación de suministro o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura
- Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta bancaria, a la que se efectuarán las devoluciones
En este año 2023 y de forma excepcional, se va a hacer coincidir el proceso de solicitud de devolución del IEH del gasóleo agrícola con la solicitud de la devolución de los 0,20 euros por cada litro de gasóleo adquirido en 2022.
Esta devolución viene regulada en el artículo 24 del REAL Decreto-ley 20/2022, de 27.
Como se explicó en una circular anterior, ante la desaparición con carácter general del descuento en poste de los 20 céntimos para el gasóleo, el Gobierno ha articulado un mecanismo para devolvernos a partir del 1 de abril los 20 céntimos del gasóleo que teóricamente consumamos a lo largo del 23. Asumiendo que una explotación consume un volumen de gasóleo similar en el año 22 que en el 23. De esta forma no hay que esperar a abril del 24 para que nos devuelvan el importe de los 20 céntimos por el gasóleo consumido en el 23. Se gana en agilidad y eficacia y se pierde en exactitud.
Pues bien, os reproducimos los elementos claves del artículo 24:
⤷ Beneficiarios
Serán beneficiarios de esta ayuda, aquell@s agricultor@s y ganader@s (personas físicas o jurídicas) que tengan derecho a la devolución del impuesto del gasoil agrícola en el año 2022.
También podrán ser beneficiarios de esta ayuda, l@s agricultor@s y ganader@s que tengan derecho a la devolución parcial del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre Combustibles Derivados del Petróleo que grava el gasóleo utilizado en su actividad económica
⤷ Importe de la ayuda
0,20 euros por cada litro de gasóleo adquirido en 2022 y por el que el beneficiario obtenga la devolución de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos por uso de gasoil agrícola.
⤷ Solicitud de la ayuda:
La ayuda se solicita con la presentación de la solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por gasóleo agrícola, a partir del 1 de abril de 2023.
La ayuda será tramitada conjuntamente con el proceso de devolución del Impuesto del gasoil agrícola. La transferencia se hará en la misma cuenta, donde se devuelve este impuesto.
Si tras 6 meses desde la solicitud, no se ha recibido la transferencia, la solicitud habrá de considerarse desestimada
⤷ Administración para la gestión de las ayudas (artículo 25)
Las ayudas serán tramitadas por la Administración Tributaria.
En conclusión, podemos afirmar que el sector agrario, tras la eliminación del descuento automático de los 20 céntimos en poste, es el sector mejor tratado en este aspecto y que debemos trasladar a nuestros afiliados que cuando se acerquen a nuestras oficinas para solicitar los 20 céntimos también soliciten la devolución del IEH del 22, y si no lo han hecho estos años de atrás, podrán solicitar la devolución del IEH hasta el 19.