¿Cuándo será obligatorio empezar a utilizar el nuevo cuaderno de campo digital?


El Ministerio de Agricultura acaba de fijar las nuevas fechas de referencia para la implantación obligatoria del cuaderno de campo digital en función de la dimensión, la orientación productiva y el régimen de ayudas PAC de cada explotación, y que marcan los tiempos de un proceso escalonado que se extenderá de septiembre de 2023 a enero de 2025. 

Para ello, las explotaciones agrícolas se han clasificado en dos grupos (A y B, grandes y pequeñas), que se incorporarán de forma obligatoria al nuevo sistema con un año de diferencia o más, conforme a determinados parámetros. 

A su vez, para cada una de esas dos tipologías se han establecido también dos momentos diferentes para la adopción del cuaderno de campo digital (CUE), con cuatro meses de margen entre ellos, en función de las características específicas de cada explotación. 

Es decir, la fecha definitiva de obligatoriedad de uso del cuaderno dependerá del tamaño de la explotación, del tipo de cultivo y del tipo de ayudas PAC o ecorrégimen al que haya podido adherirse cada agricultor. 

Las nuevas fechas clave que hay que anotar son el 1 de septiembre de 2023 y el 1 de enero de 2024 para las grandes explotaciones, regadíos e invernaderos; y el 1 de septiembre de 2024 y el 1 de enero de 2025 para el resto

Para ayudar a entender mejor el nuevo calendario hemos diseñado un esquema en el que se recogen los hitos más importantes que supone la aplicación de la normativa vigente a día de hoy.

Nuevo calendario de aplicación para el Cuaderno Digital de Campo

1 de julio: se abre el REA

El proceso comienza el 1 de julio de 2023, fecha a partir de la cual estará disponible el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA)

Los usuarios podrán revisar que la información de sus explotaciones es correcta, siendo además responsables de su actualización al menos una vez a al año

En el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) deben figurar los datos de la explotaciones y cultivos

Desde esa misma fecha (1 de julio), se liberará la aplicación gratuita de la Administración para a la cumplimentación del CUE, que el usuario podrá ir alimentando de forma voluntaria hasta fecha definitiva en la que deba hacerlo obligatoriamente.

Dos grupos, cuatro fases

Para el registro obligatorio del CUE se han establecido dos grupos de explotaciones, atendiendo a su dimensión y orientación productiva

Por un lado, está el Grupo A o de las grandes, que será el primero en implementar el CUE. 

En este Grupo A se encuadran más del 25 % de los agricultores españoles, que tendrán que hacer uso del cuaderno digital antes del 1 de enero de 2024

En este grupo están las explotaciones que superen alguna de las siguientes dimensiones:

  • 30 hectáreas de tierra de cultivo
  • 30 hectáreas de pastos permanentes
  • 10 hectáreas de cultivos permanentes 
  • 5 hectáreas de regadío
  • o dispongan de alguna parcela de invernadero

El resto de las explotaciones constituye el Grupo B o de las pequeñas.

El Grupo A (grandes explotaciones) está obligado a adoptar el nuevo CUE entre septiembre de 2023 y enero de 2024, en función de las características de cada explotación; mientras que el Grupo B (pequeñas) lo hará entre septiembre de 2024 y enero de 2025. 

Con la modificación del RDL 4/2023, se establecen dos fases para que cada grupo de explotaciones implemente el CUE

En la primera fase de cada grupo solo se registrarán en el CUE los datos derivados del Plan Estratégico de la PAC y los necesarios si se han acogido a algún ecorrégimen (contenido exigido por el RD 1048/2022, de 27 de diciembre y otros aspectos recogidos en la respectiva normativa sectorial). El resto se incorporará, en ambos casos, cuatro meses después. 

Si no cumple ninguno de los requisitos anteriores deberá incorporarse obligatoriamente en la segunda fase, el 1 de enero de 2024 para las explotaciones del Grupo A y el 1 de enero de 2025 para el resto de las explotaciones. 

A partir de un determinado momento deberán registrarse los tratamientos fitosanitarios, las aplicaciones de nutrientes, las enmiendas y los riegos 

Cómo hemos llegado al calendario actual

El 12 de mayo de 2023 se publicó el Real Decreto-Ley 4/2023, por el que se adoptaba una serie de medidas para hacer frente a la sequía

Pero el texto legal también incluía cambios en lo dispuesto en el RD 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas y de la Producción Agraria (SIEX), así como el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas y el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE)

La modificación que supone el RDL 4/2023 hace si cabe más farragosa la adopción obligatoria del cuaderno de campo digital, al añadir nuevas fases y condicionantes a los ya previstos. 

Hasta el punto de que el pasado 5 de junio de 2023 el FEGA (Fondo Español de Garantía Agraria) publicaba una nota aclaratoria sobre las últimas modificaciones incorporadas por el RDL 4/2023 y su repercusión en la entrada en vigor del cuaderno digital de explotación.

Puedes consultarla en el siguiente enlace: https://www.fega.gob.es/sites/default/files/files/document/2023.06.05-Nota_aclaratoria_Entrada_en_vigor_Cuaderno_digital_de_explotacion_web.pdf

Una semana antes, el 25 de mayo, también se había dado a conocer el denominado Documento Técnico del SIEX del FEGA: https://www.fega.gob.es/sites/default/files/files/document/20230601-DOCUMENTO_TECNICO_SIEX_PUBLICADO.pdf

Más información en las oficinas de UPA Aragón.

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